Sexualidad en personas con discapacidad intelectual
Los personas con discapacidad intelectual no son individuos asexuados. Desmentimos los mitos que suelen ligarse a su sexualidad y planteamos medidas para romper las barreras que dificultan su desarrollo.

Consejos sexuales para personas con discapacidad intelectual y su entorno

María Jiménez Albundio

Por: María Jiménez Albundio

Psicóloga y sexóloga clínica especialista en infertilidad

Actualizado: 29 de julio de 2022

Una vez que hemos analizado las dificultades a las que pueden enfrentarse día a día los individuos con discapacidad intelectual en lo que a su sexualidad se refiere (negación, privación, represión…), es el turno de plantearnos la solución a dichos obstáculos en aras de reconocer y hacer valer los derechos sexuales en las personas con discapacidad intelectual. Manos a la obra, ¿qué podemos hacer, especialmente, desde su entorno?

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  • Proporcionar una educación sexual y afectiva integral de calidad, adecuada al tipo y nivel de deficiencia con la que la persona cuente.
  • Fomentar actitudes de igualdad, respetuosas y tolerantes ante las expresiones afectivas propias y ajenas.
  • Enseñar a valorar adecuadamente las situaciones de riesgo que puedan acontecer, guiar en una correcta toma de decisiones al respecto y saber decir no cuando ello sea necesario.
  • Facilitar su desarrollo sexual y explicar el concepto de intimidad, ofreciendo un entorno privado y, sobre todo, digno para ello.
  • Fomentar su integración en la sociedad y ayudar a establecer vínculos más allá de los familiares.
  • Instruir en habilidades sociales ofreciéndoles las herramientas para comunicar de forma correcta sus deseos, así como promover el desarrollo de la empatía y la aceptación de la negación, haciendo valer la voluntad de uno mismo y la de los demás, y evitando el dolor tanto propio como ajeno.
  • Indagar en la posición que mantienen las personas más cercanas e influyentes en ellos e instruirles si ello fuera necesario.
  • Promover una correcta y sana higiene sexual que garantice la protección de estos individuos.

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Creado: 17 de octubre de 2014

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