Las mascarillas KN95 no se podrán vender en España a partir de octubre

Este 30 de septiembre caduca la autorización del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo que permitía la venta de mascarillas KN95 –un tipo de cubrebocas entre las higiénicas y las FFP2– por lo que a partir de octubre no se podrán comprar.
Mascarillas KN95 dejan de venderse

24/09/2020

Desde el 1 de octubre las mascarillas tipo KN95 –parecidas en material y aspecto a las FPP2– no podrán venderse en tiendas ni en farmacias. El motivo de la supresión en la comercialización de este tipo de cubrebocas se debe a que no cuenta con la homologación europea y el 30 de septiembre caduca la autorización de venta que firmó el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo hace unos meses.

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La obligatoriedad de llevar mascarillas tanto en espacios abiertos como cerrados de España hizo que al comienzo de la pandemia por COVID-19 no hubiese cantidades suficientes de estos cubrebocas de origen chino para cubrir la demanda de la población. Por este motivo, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo permitió desde el pasado 23 de abril la venta temporal de algunos tipos de ellas que no contaban con la homologación europea CE.

A partir de octubre solo se podrán comprar mascarillas con el símbolo CE, que cumplen con los requisitos esenciales de seguridad de las normas técnicas y directivas europeas

Las mascarillas que se dejarán de vender, según se expone en el Boletín Oficial del Estado (BOE) son:

  • Las especificaciones estadounidenses (NIOSH-42CFR84), de clasificación N95, P95 y R95
  • Las australianas (AS/NZ 1716:2012), de clasificación P2
  • Las mascarillas chinas (GB2626-2006), de clasificación KN95
  • Las coreanas (KMOEL - 2017-64), de clasificación Korea 1st class
  • Y las mascarillas japonesas (Japan JMHLW-Notification 214, 2018), de clasificación DS

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Además de prohibir la venta de estos tipos de mascarillas, también se dejarán de comercializar algunas referencias de guantes, ropa de protección frente a agentes biológicos y equipos de protección ocular y facial.

Solo se podrán vender mascarillas con homologación CE

Por tanto, a partir de octubre solo se podrán adquirir los cubrebocas que contengan en su envoltorio el símbolo CE, que indica que cumplen con los requisitos esenciales de seguridad de las normas técnicas y las directivas europeas, como las FFP2 o FFP3, que cuentan con un nivel de filtrado de entre el 92% y el 94%.

No obstante, sí se podrán utilizar estas mascarillas si han sido compradas antes del 1 de octubre, pues las restricciones solo afectan a la venta de estos productos, no al uso por parte de la población. No está de más recordar que estas mascarillas no son reutilizables y deben ser desechadas después de entre 8 y 12 horas de uso o tras mojarse o humedecerse, no pudiendo ser esterilizadas de ninguna manera.

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Actualizado: 5 de mayo de 2023

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