Prohíben en España cortar la cola o las orejas a perros y gatos

El Convenio Europeo sobre protección de animales de compañía ha entrado en vigor en España, y en él se prohíbe cortar la cola o las orejas, o extirpar uñas y dientes a perros y gatos por motivos estéticos.
Pero y gatos con cola y orejas sin cortar
En la nueva normativa impuesta también se prohíbe dar animales de compañía como premio.

12/02/2018

El pasado 1 de febrero se ha aceptado e implantado en España el Convenio Europeo sobre protección de animales de compañía que establece la prohibición de las intervenciones quirúrgicas con fines estéticos en perros y gatos. Por tanto, desde ahora no se podrá cortar la cola, las orejas, las cuerdas vocales, o extraer las uñas o los dientes de estos animales.

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Este convenio también incluye otras mejoras para los animales de compañía en cuanto a sus cuidados, bienestar, comercio, custodia, o su utilización en publicidad, concursos o espectáculos. A partir de ahora las operaciones destinadas a cambiar su apariencia estarán prohibidas, excepto si lo autoriza un veterinario en los casos que considere que son necesarias por su salud o para evitar su reproducción.

La nueva normativa prohíbe los sacrificios de mascotas mediante asfixia, veneno o electrocución, y regalar animales de compañía como premio

Objetivo: evitar el sufrimiento de las mascotas

En la nueva normativa impuesta se prohíbe dar animales de compañía como premio y se han establecido unas medidas concretas para evitar que se regalen mascotas a menores de 16 años sin la autorización de sus padres. Se va a prevenir la reproducción descontrolada, fomentando la esterilización y alentando a aquellos que vean perros o gatos abandonados por la calle a que avisen a las autoridades.

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Además, todas las intervenciones que provoquen dolor tendrán que ser realizadas con anestesia para garantizar el bienestar de las mascotas. En cuanto a los sacrificios, solo podrán realizarlos veterinarios o personas competentes, excepto en casos de máxima urgencia. La muerte de la mascota se deberá causar con el menor sufrimiento tanto físico como psicológico para el animal; para ello se administrará la dosis correspondiente de anestesia general profunda y se causará la muerte con un procedimiento que no sea el ahogamiento o cualquier tipo de asfixia, venenos, o la electrocución.

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Actualizado: 8 de noviembre de 2019

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