Sanidad toma el control de los test diagnósticos de centros privados

Todos los laboratorios públicos y privados de diagnóstico clínico estarán al servicio de las CCAA, y notificarán los casos de COVID-19 confirmados por orden de Sanidad, para conocer todos los infectados y evitar un uso inadecuado de las PCR.
Test diagnósticos de centros privados

14/04/2020

Conocer el verdadero alcance de la epidemia de coronavirus realizando test para diagnosticar el COVID-19 o detectar la presencia de anticuerpos que indique que esa persona ha superado la enfermedad es una de las prioridades de las autoridades sanitarias porque permite identificar a individuos infectados, pero asintomáticos, que pueden estar diseminando el virus, y también conocer el grado de inmunidad alcanzado por la población de cada una de las zonas afectadas.

Simón explica que no se puede permitir que en periodos de escasez se utilicen las PCR en grupos de población donde la eficacia no es la necesaria y que "los diagnósticos no queden bajo tutela de los servicios sanitarios"

Para avanzar en la consecución de ese objetivo el Ministerio de Sanidad acaba de poner a disposición de las comunidades autónomas los laboratorios tanto públicos como privados de diagnóstico clínico, mediante la Orden SND/344/2020, de 13 de abril, publicada hoy en el BOE, y en la que se indica que todos estos centros, servicios y establecimientos sanitarios que no estén prestando servicio en el Sistema Nacional de Salud, así como su personal, estarán al servicio de las CCAA, y deberán notificar a las mismas los casos de COVID-19 confirmados.

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Test para diagnosticar COVID-19 serán prescritos por un médico

Esta Orden establece también cuáles son los requisitos para que se realicen pruebas para diagnosticar el COVID-19, como que deben ser prescritas por un médico atendiendo a las directrices, instrucciones y criterios que se hayan acordado con la autoridad sanitaria competente.

En su reaparición en una rueda de prensa, Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad, ha declarado que esta orden para controlar el uso de pruebas diagnósticas se ha desarrollado por que “no se puede permitir que en un periodo de escasez se utilicen las PCR en grupos poblacionales donde no van a ser suficientemente eficientes como para generar resultados adecuados” y por otro lado, que “los diagnósticos que se hagan no queden bajo tutela de los servicios sanitarios de las CCAA que son las que en principio tienen que responder”.

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Con todo ello se pretende garantizar que los resultados se conocen y que no haya abusos por parte de ninguna entidad en un momento en el que la disponibilidad de pruebas de PCR que ahora mismo son una prioridad y tienen que estar bajo la tutela de Salud Pública.

La nueva orden ministerial también indica que las entidades públicas o privadas que adquieran material para realizar pruebas diagnósticas tienen la obligación de “ponerlo en conocimiento de la autoridad sanitaria competente de la comunidad autónoma en la que se encuentren ubicados o presten sus servicios, con indicación expresa del tipo de material, número de unidades adquiridas y destino de uso”, estableciendo además “la posibilidad de adoptar las medidas necesarias para la regulación de los precios de estas pruebas, con el objeto de evitar situaciones abusivas en el acceso a este servicio”.

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Actualizado: 4 de mayo de 2023

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