19 de junio de 2013

Venezuela multará el uso del biberón en lactantes

Alimentar a los bebés menores de seis meses con biberón supondrá una sanción económica en los centros de salud de Venezuela tras la aprobación de una reforma de ley con la que el Gobierno quiere promover la lactancia materna.

Bebé junto a su biberón.

Alimentar a los bebés menores de seis meses con biberón supondrá una sanción económica en los centros de salud de Venezuela tras la aprobación de una reforma de ley que tiene como objetivo promover la lactancia materna durante los primeros meses de vida, y que solo se podrá dejar de cumplir en los casos es que la salud de la madre o el niño se vean afectadas.

En principio, la Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna pretendía concienciar a las mujeres sobre la conveniencia de amamantar a sus bebés en vez de alimentarles con leches infantiles, y no, como ha explicado el diputado de la oposición Eduardo Marín, estigmatizar y prácticamente criminalizar a las personas que opten por este tipo de alimentación.

El incumplimiento de la norma supondrá el pago de sanciones de entre 2.140 y 321.000 bolívares (entre 255 y 38.200 euros)

Está previsto que los hospitales y centros que no cumplan con la nueva norma –que está generado numerosas controversias– paguen multas de entre 2.140 bolívares (255 euros) y 321.000 bolívares (38.200 euros). Según Marín, promover campañas que informen a las madres sobre los beneficios de la lactancia materna sería suficiente, por lo que no ve necesario ni conveniente establecer sanciones.

En el proyecto de ley está previsto prohibir la promoción y publicidad de fórmulas de lactancia artificial y biberones en cualquier medio de comunicación o publicitario del país y, según defiende la promotora de la reforma y vicepresidenta de la comisión de Familia, Odalis Monzón, es necesario evitar que se use la publicidad para incentivar el uso de preparados alimenticios y biberones en los recién nacidos.

Actualizado: 1 de agosto de 2017