La ley antitabaco se endurece: prohíben vapers desechables y fumar en terrazas

10/09/2025
La lucha contra el tabaquismo en España da un nuevo paso con la aprobación del Anteproyecto de Ley que modifica la Ley 28/2005. La norma llega para blindar la salud pública frente a las nuevas formas de consumo de nicotina y productos afines que han ganado terreno entre los jóvenes en los últimos años.
La reforma forma parte del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 y adapta la legislación a los cambios del mercado. Por primera vez se definen y regulan productos como los cigarrillos electrónicos con o sin nicotina –incluidos todos sus componentes (cartucho, depósito, dispositivo)–, las bolsitas de nicotina –compuestas total o parcialmente por nicotina natural o sintética, en forma de sobres, polvo o comprimidos–, las shishas o los dispositivos de tabaco calentado, que hasta ahora quedaban en un limbo legal.
Estos artículos quedan sujetos a las mismas limitaciones que el tabaco tradicional: es decir, prohibición de usarlos en espacios públicos cerrados y en una lista ampliada de lugares abiertos, tales como terrazas de bares, recintos donde se desarrollen espectáculos públicos, instalaciones deportivas, parques infantiles, estaciones de transporte o centros educativos, entre otros.
Más espacios sin humo: adiós a fumar o vapear en las terrazas
La nueva ley extiende la prohibición de fumar a terrazas de bares, estaciones de transporte, marquesinas (como paradas de autobús), recintos deportivos, piscinas, conciertos, espectáculos al aire libre y vehículos de transporte con conductor o en la furgonetas de reparto. También se veta en entornos frecuentados por menores, como parques infantiles y exteriores de centros sanitarios, educativos o universitarios. De hecho, se establece una distancia mínima de 15 metros para prohibir fumar o vapear alrededor de accesos a edificios públicos, sanitarios, educativos o zonas infantiles.
El objetivo, explican desde Sanidad, es “proteger a la población joven y a los colectivos más vulnerables” y reducir la visibilidad social de fumar, un factor clave en la iniciación al consumo. y es que, según la ministra de Sanidad, Mónica García, "el tabaco se lleva la vida de 140 personas cada día, 50.000 personas al año. El 30% de los cánceres tienen que ver con el factor de riesgo del tabaquismo".
Menores: prohibición de venta y consumo
Hasta ahora la normativa solo prohibía vender o entregar tabaco a los menores. El anteproyecto va más allá y veta de manera expresa el consumo por parte de adolescentes y niños, reforzando la protección de la infancia y la adolescencia frente a un hábito que sigue siendo la principal causa prevenible de enfermedad y muerte en España. La infracción por el hecho de que un menor fume o vapee puede conllevar una multa de 100 euros para los padres.
Adiós a los vapeadores desechables
Otra de las medidas destacadas es la prohibición de venta y suministro de cigarrillos electrónicos de un solo uso. El Gobierno justifica esta decisión tanto por el impacto ambiental de estos dispositivos como por su fácil acceso a jóvenes y adolescentes. El texto concede un periodo transitorio de 12 meses para que los fabricantes se adapten y se agoten las existencias actuales.
Fin de la publicidad encubierta, sanciones y nuevas obligaciones para los espacios públicos
La norma también endurece las restricciones a la publicidad. Cualquier forma de promoción, patrocinio o comunicación comercial queda vetada, tanto en medios tradicionales como en redes sociales.
Asimismo, se prohíbe la presencia de logotipos o referencias a marcas de tabaco en mobiliario urbano, locales de ocio, terrazas o instalaciones deportivas. El veto se extiende al patrocinio de festivales, conciertos y actividades culturales o deportivas.
Los responsables de lugares donde esté prohibido fumar deberán colocar señalización visible que informe de la restricción. Este punto busca evitar la confusión de los ciudadanos y facilitar el cumplimiento de la normativa.
El texto aprobado actualiza las infracciones y sanciones económicas, con responsabilidades tanto para consumidores como para empresas que incumplan las nuevas obligaciones. Así, se establecen sanciones desde leves (100 € en consumo puntual por parte de menores) hasta muy graves, alcanzando multas de hasta 600 000 € por incumplimientos como la distribución gratuita, venta de vapeadores de un solo uso o publicidad no autorizada.
Un Observatorio para coordinar la lucha contra el tabaquismo
La ley recupera el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, eliminado en 2014. Este órgano servirá para coordinar las políticas públicas y evaluar el impacto de las medidas adoptadas, reforzando la gobernanza en la lucha contra el tabaquismo.
Las medidas se alinean con el Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer y con el Código Europeo contra el Cáncer, que instan a reducir de manera significativa la prevalencia del tabaquismo antes de 2040.
No obstante, hay que aclarar que aunque el anteproyecto fue aprobado en el Consejo de Ministros, todavía debe pasar por el Congreso donde no cuenta con mayoría absoluta garantizada. En caso de hacerlo, con esta reforma, España se situaría de nuevo entre los países de la Unión Europea que avanzan hacia entornos más saludables y libres de humo, no solo de tabaco, sino también de productos que imitan el acto de fumar.
Fuente: Ministerio de Sanidad
Actualizado: 10 de septiembre de 2025